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Petición familiar

por | Abogado

Rojas Arroyo, G. 14/09/2022

En IMS sabemos el valor de la familia y lo importante que es tenerla cerca. Es por ello que
uno de los procesos que más nos llena de felicidad y alegría de acompañar es la PETICIÓN
FAMILIAR, a continuación te presentamos todo lo que debes saber acerca de este proceso.

Si eres ciudadano americano o residente permanente y tienes familiares elegibles fuera de
los EEUU, tienes el beneficio de hacer una petición familiar para que los mismos ingresen
al país y puedan obtener su residencia.
Para tu solicitud de Petición Familiar se deben llenar 2 documentos:

  1. Formulario I-130 que presenta el ciudadano estadounidense o residente
    permanente para pedir a su familiar.
  2. Formulario I-485 que presenta el familiar que quiere ajustar su estatus (residencia
    legal permanente).
    La clasificación de solicitudes para tus familiares se divide y categoriza en:
    ● Inmediata (Para ciudadanos americanos)
    ➔ Hijos menores de 21 años
    ➔ Cónyuges
    ➔ Padres
    ● Preferencial (Para ciudadanos americanos)
    ➔ F1 HIjos solteros mayores de 21 años de ciudadanos americanos
    ➔ F3 Hijos de ciudadanos casados y derivados
    ➔ F4 Hermano de un ciudadano americano
    ➔ Preferencial (Para residentes permanentes)
    ❖ F2A HIjos menores de 21 años y un cónyuge
    ❖ F2B hijos solteros mayores de 21 años
    Otros datos
  • El llenar de manera correcta los formularios legales, es de suma importancia en los
    procesos migratorios, por ello contar con un bufete de abogados y asesores de
    inmigración te permite tener más seguridad y profesionalismo.
  • Una persona elegible a una petición familiar que ingresó a EEUU, de manera legal
    debe solicitar un perdón que puede cumplir dentro de los EEUU.
  • Toda persona elegible a una petición familiar que ingresó a EEUU, de manera ilegal
    debe solicitar un perdón que deberá cumplir en su país natal.
  • Un ciudadano americano puede solicitar a su hijastros/as si el matrimonio con su
    cónyuge se dió antes de los 18 años de edad del beneficiario.
  • Un ciudadano americano puede solicitar a su padrastro o madrastra si el matrimonio
    se dió antes de los 18 años de edad del ciudadano americano.
  • Las personas beneficiarias de una petición familiar deberán estar atentas al Visa
    Bulletin para conocer las fechas en esta lista de espera.
  • Puedes pedir a tu cónyuge, hijos, padres y hermanos si eres ciudadano
    estadounidense mayore de 21 años.
  • Si posees una tarjeta de residencia puedes pedir a tus cónyuges o hijos solteros.
  • No podrás pedir a tus nietos, abuelos, sobrinos/as, tíos/as, primos/as o suegros.
    Así que si tienes la oportunidad de acercarte a tus seres queridos por medio de un proceso
    de Petición Familiar, no lo pienses más y danos la oportunidad de formar parte de tu
    historia. Para nosotros será siempre un placer ayudarte, porque recuerda; en Immigration
    Solution “somos gente ayudando gente”.

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